Somos las existencias que el Estado no quiere nombrar…

M A N I F I E S T O
Contra la Homofobia, Transfobia y Misoginia Estructurales del Estado y la Sociedad
Nos autodefinimos familiares de las personas secuestradas en clínicas para curar la homosexualidad y la transexualidad. Centros de “terapias correctivas”, que producen y reproducen prácticas violentas y discriminatorias en “beneficio” de sus familiares y la sociedad. Sus perversos tratamientos, bajo el pretexto de curar adicciones, están influenciados por grupos religioso-cristianos o usan nombres que apelan a la fe y a la salvación. Sus prácticas atentan directamente contra los derechos humanos de las personas que allí son encerradas sin su consentimiento o son sometidas a firmar contra su voluntad. La mayoría de estos centros funcionan irregularmente y otros de manera ilegal, clandestina y de manera privada; operan sin regulación ni control por parte de las instituciones, por fuera de las normas que los rigen, a pesar de que el estado  tiene la responsabilidad de intervenir frente a los tratamientos inhumanos que sufren lesbianas, gays y personas transgénero.

Somos las existencias que el Estado no quiere nombrar, en tanto tenemos opciones sexuales y de género disidentes y en tanto somos familiares, amigos/as, novias/os, vecinos/as, conocidas/os de aquellas y aquellos cuya identidad se ha incluido con tibieza en la vida civil ciudadana. De este modo, asumimos responsablemente la situación de discriminación y violencia que el gobierno, a pesar de las denuncias y exigencias que se le han hecho desde hace más de 7años, no ha resuelto.

  • Exigimos que se investiguen las denuncias presentadas por casos de torturas y malos tratos en clínicas privadas y su respectivo seguimiento y sanción. Y que, en consulta con la sociedad civil, se desarrollen formas de prevenir y sancionar esta violación a los derechos humanos.

  • Exigimos la ejecución del sistema anti-discriminación plasmado en el artículo 11 número 2 y concordantes de la Constitución Política del Ecuador y la implementación de las reformas legales que correspondan en lo civil, penal y procesal-constitucional a fin de sancionar los actos discriminatorios y restituir los derechos violados; en particular la aprobación y sanción de la Ley de Igualdad entre Mujeres, Hombres y Personas de Diversa Condición Sexo-genérica.

  • Exigimos que se implementen mecanismos para erradicar, dentro de la estructura social y de gobierno, los estereotipos contra identidades distintas a la masculinidad y feminidad heterosexuales. Por eso, demandamos la elaboración y ejecución de programas de formación y sensibilización para transformar los patrones culturales basados en la misoginia, homofobia y transfobia.

  • Exigimos que en los casos en que las terapias homofóbicas y transfóbicas que las clínicas ofrecen configuran delitos de odio bajo el Código Penal ecuatoriano, el Estado, y en particular la Fiscalía General del Estado, cumpla con su obligación de investigar e iniciar los procesos penales correspondientes a fin de eliminar estas prácticas y sancionar a los culpables.



  • Exigimos que en los casos en que las terapias homofóbicas y transfóbicas que las clínicas ofrecen configuran tortura, trato cruel, inhumano y degradante, el Estado, y en particular la Defensoría del Pueblo, tomen medidas para la clausura inmediata de los establecimientos. Exigimos la no admisión de excepciones formales que violan la Convención contra la Tortura, como la alegación de voluntariedad, mayoría de edad y naturaleza contractual privada de la relación pacientes – clínicas, ya que las condiciones estructurales de violencia anulan la autonomía de las personas recluidas.

  • Exigimos que se implementen medidas especiales de protección a personas lesbianas, trans y gays a fin de prevenir y en su caso cesar la violencia y abusos que sufren por parte de la policía, familiares, instituciones públicas y privadas.

  • Exigimos del Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, como autoridad administrativa competente, la clausura inmediata de aquellas clínicas que formalmente ofrecen tratamientos para “curar” a personas lesbianas, trans y gays, por su abierta violación de los artículos 11.2 (igualdad), 66.28 (identidad) y 21 (intimidad) de la Constitución Política del Ecuador, así como la inspección de aquellas que, sin ofrecerlos formalmente, los ofrecen real y – lo que es más grave – solapadamente; es decir, a sabiendas de que lo que hacen es inconstitucional.

  • Demandamos la precisión del artículo 34 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas[1], ya que su redacción actual permite en la práctica, el encierro de personas cuyas identidades de género y/o prácticas no heterosexuales son interpretadas extensivamente como vicio. Sugerimos la ampliación, a renglón seguido del artículo, del siguiente texto: “En ningún caso, se podrá interpretar que, conductas distintas al uso de sustancias fiscalizadas, encajan en esta descripción”.

  • Hacemos un llamado para movilizarnos y construir mecanismos ciudadanos y colectivos que nos permitan detener la violencia que se ejerce contra nuestras identidades.

El buen vivir es una condición indispensable para todas y todos sin exclusión, la opinión de la comunidad frente a la irregularidad o ilegalidad de  los centros de torturas “correctivas” debe ser valorada por el Estado para que este tome las medidas tutelares pertinentes y se cierren definitivamente estos establecimientos. Mediante esta acción popular contribuimos a la transformación de las relaciones comunales, ejerciendo la política como la voluntad imperiosa de la vida.


[1] Art. 34.- Solicitud de tratamiento.- La asistencia médica a las personas dependientes del uso de sustancias fiscalizadas podrá ser solicitada por ellas, sus representantes legales, sus parientes, su cónyuge, el Ministerio Público, el Juez de la Niñez y Adolescencia correspondiente, la Secretaría Ejecutiva del CONSEP o los jueces que conozcan el caso.

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